Perder el trabajo no significa perder automáticamente la residencia — es uno de los miedos más comunes que vemos, y en la mayoría de casos no está justificado. Hay varias situaciones concretas que sí te permiten renovar.
Las situaciones que sí permiten renovar
- Has trabajado al menos 9 de los últimos 12 meses, aunque ya no estés en ese empleo — se acredita con un informe de vida laboral actualizado, que pides gratis en la Seguridad Social.
- Perdiste el trabajo sin buscarlo y estás buscando activamente otro — con el justificante de la baja involuntaria y tu inscripción como demandante de empleo en el SEPE.
- Estás cobrando prestación o subsidio por desempleo — con el certificado del SEPE que lo acredite.
Si no encajas en ninguna de estas
No significa automáticamente que no puedas renovar. Puede que tu situación encaje en una vía no cubierta en esta lista — revisamos cada caso concreto antes de descartarlo.
Documentos y tasas
El formulario es el EX-03. La tasa de tramitación es de 16,40€, más 19,30€ por la tarjeta (EX-17). La tasa de autorización de trabajo (81,54€) la paga tu empleador — se aplica igual en las cinco situaciones de arriba, sea cual sea la que acredite que tu renovación sigue siendo válida.
Verificado directamente contra la Hoja 13 del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (inclusion.gob.es) y contra el modelo de tasas 790 en sede.administracionespublicas.gob.es.